Reducir la contaminación por microplásticos es uno de los principales objetivos de la Comisión Europea para el próximo año 2030. Para lograr este fin, la UE acaba de anunciar que, a partir de este mes de octubre, se prohibirá la venta de productos a los que se hayan añadido intencionadamente microplásticos, una medida que ya recoge el BOE.

Según leemos en el nuevo reglamento, "la presencia ubicua de pequeños fragmentos de polímeros sintéticos o polímeros naturales modificados químicamente, que son insolubles en agua, se degradan muy lentamente y pueden ser fácilmente ingeridos por organismos vivos, suscita preocupación por su impacto general en el medio ambiente y, potencialmente, en la salud humana".
Además, de acuerdo con los expertos, "estos polímeros están muy extendidos en el medio ambiente y también se han encontrado en el agua potable y los alimentos. Se acumulan en el medio ambiente y contribuyen a la contaminación por microplásticos". Por ende, esta nueva tienes fines sostenibles.

Este tipo de partículas sintéticas están muy extendidas en el universo de la belleza y el cuidado personal, además de estar presentes también en juguetes y fertilizantes. Por ejemplo, la purpurina no adherente, las microesferas exfoliantes o algunos detergentes entran en esta categoría. De este modo, su nueva fabricación no estará autorizada a partir del 17 de octubre.
"Para evitar recuperaciones innecesarias de productos y reducir los residuos, es necesario disponer que las
micropartículas de polímeros sintéticos, como tales o en mezclas, que hayan sido introducidas en el mercado antes
del 17 de octubre de 2023 puedan seguir comercializándose", señala el reglamento, así que se trata de una norma para aplicar a partir de la fecha citada.
Por otro lado, la normativa indica que "los costes de reformulación previstos para los productos de maquillaje, los productos labiales y los productos para las uñas en respuesta a la restricción propuesta son superiores a los de otros productos cosméticos que no se aclaran. Teniendo también en cuenta la contribución comparativamente menor de los productos de maquillaje, los productos labiales y los productos para las uñas a las emisiones globales, la Comisión considera que está justificado un período transitorio de doce años para prohibir la comercialización de dichos productos, a fin de garantizar el tiempo suficiente para desarrollar alternativas adecuadas y limitar los costes para la industria".