Se puede fumar en las terrazas o no: esto es lo que dice la normativa española a día de hoy

Analizamos las leyes antitabaco vigentes en nuestro país.
fumar bares terraza
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Nuestro país lleva años en una cruzada antitabaco donde desde hace más de dos décadas los distintos gobiernos que han ido pasando por Moncloa han legislado en vistas a reducir el consumo del tabaco y conseguir un mayor espacio libre de humos. Una lucha que compartimos con el resto de Europa, donde las leyes antitabaco también han ido endureciendo el tono con los años. 

El pasado mes de marzo el Ministerio de Sanidad con Mónica García a la cabeza lanzó una nueva propuesta de ley de tabaco a las comunidades, donde los ejes centrales de este proyecto son la prohibición de fumar en nuevos espacios públicos (terrazas, marquesinas, etc) y la subida del precio del tabaco. Así como una posible prohibición de fumar en el coche cuando vayan en él menores y una regulación de los vapers. 

¿Se puede fumar en las terrazas?

Una propuesta que se enmarca en el Plan Integral para la Prevención y Control del Tabaquismo para el período 2024-2027, una serie de "medidas sanitarias, normativas, de protección del medio ambiente y de coordinación entre administraciones con el objetivo de consensuar una política de prevención y control integral del tabaquismo", según explican desde la Moncloa

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Un plan que tiene como uno de los objetivos principales "aumentar los espacios libres de humo para proteger el derecho a respirar", explican desde el Ministerio, entendiendo que "cuanto más espacio libre de humo, menos espacio a las enfermedades asociadas al tabaquismo". Esta propuesta, que aún no es oficial, ha dejado muchas incógnitas en la población, que se preguntan si pueden fumar en las terrazas de los bares y en qué espacios está prohibido hacerlo.

Lo primero que tener en cuenta es que según la Ley 28/2005 sólo está permitido fumar en espacios al aire libre, entendiendo "aire libre" por "todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos", según dicta el artículo 2.2. Es decir, que mientras que no se apruebe otra ley o normativa que dicte lo contrario, podemos fumar en las terrazas siempre y cuando no estén cerradas o parcialmente cerradas.

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Cronología de las leyes antitabaco en España

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